
Tenemos una Ley nacional contra el ruido, que deja los ruidos vecinales fuera, y se han transferido a las Comunidades Autónomas y a los Ayuntamientos esas competencias. Todos van por libres y por lo tanto las asociaciones tenemos que luchar a nuestra manera y en cada sitio diferente y según quien gobierne.
Que los españoles tenemos los mismos derechos constitucionales, derechos que se ven afectados por la violencia acústica y mientras no se establezcan normativas de protección de mínimos comunes a todos los españoles la tutela efectiva no existirá.
Los ciudadanos españoles aunque residamos en diferentes comunidades autónomas estamos sujetos a esta misma ley, y aunque residamos en diferentes comunidades autónomas, los focos del ruido y sus repercusiones son las mismas.)
No entendemos el por qué esa diversidad de redacciones de ordenanzas tan contradictorias, tanto en sus conceptos sobre sanciones, niveles permitidos, Botellón, insonorizaciones, aglomeraciones y zonas saturadas.
Que los Ayuntamientos incumplen sistemáticamente el Convenio de Aarhus y LEY 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.
(Se incorporan las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE)
(BOE nº 171 de 19/7/2006) .Incluso se ha convertido en practica habitual no contestar a los ciudadanos.
La calidad de vida de estos ciudadanos afectados es la misma según nuestra Constitución y no en función de la región en la que habiten, o en el color del partido político existente en ese momento o supeditados a un alcalde más o menos responsable o beligerante. Eso es injusto y anticonstitucional. Las contradicciones siguen en cuanto a referencias sobre mediciones (ventanas abiertas o cerradas, según sea legislado en cada Comunidad Autónoma o ayuntamientos) control sobre caducidad de licencias, etc., etc.,
La creación de una mesa de trabajo con los agentes sociales implicados, y con la colaboración de técnicos competentes y juristas especializados, en la redacción de una ordenanza tipo, acorde con la Ley del Ruido y que sirvan de marco y referencia en todos los ayuntamientos de este país, para evitar injusticias por los mismos hechos ya que de otra manera, lo que es bueno en Cataluña, es mala en Andalucía o no existe en Aragón. El principio de igualdad tan cacareado entre los políticos, sería deseable que se concienciasen y lo aplicasen a los ciudadanos.
PLATAFORMA ESTATAL DE ASOCIACIONES PEACRAM